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Extracto de la Resolución de 23 de julio de 2026 de la Dirección de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., por la que se aprueba la publicación de la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la dotación de refugios climáticos en el marco de la Red de Refugios Climáticos

Дата публикации: 27-07-2026 22:00:00

Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico - Publicado el 28/07/2026 - Referencia: BOE-B-2026-25517

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BDNS(Identif.):921531

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/921531)

Primero.- Objeto, líneas de ayuda y ámbito de actuación.

De acuerdo con la Orden TED/818/2021, de 12 de julio, esta convocatoria tiene como objeto cofinanciar actividades que contribuyan a una transición ecológica que, a través del conocimiento científico, hagan frente al desafío del cambio climático y la conservación del patrimonio natural.

La convocatoria tiene por objeto específico apoyar el acondicionamiento y adecuación de espacios interiores destinados a convertirse en refugios climáticos e integrarse en la Red de Refugios Climáticos, a través de tres líneas de ayuda diferenciadas:

-Línea A), para la adecuación de equipamientos como refugios individuales.

-Línea B), para la adecuación de equipamientos para la creación de redes de refugios.

-Línea C), para la mejora de la adaptación climática de centros educativos habilitados como refugio.

El ámbito de actuación de la actividad objeto de las subvenciones será todo el territorio nacional.

Segundo. - Entidades beneficiarias.

En función de la línea de ayuda se diferenciarán las entidades que podrán obtener la condición de beneficiarias para estas subvenciones.

-Para la línea A):

    -Entidades y organizaciones públicas y privadas sin ánimo de lucro.

    -Administraciones públicas.

    -Organismos públicos de investigación.

    -Universidades públicas.

    -Colegios profesionales.

-Para las líneas B) y C) podrán obtener la condición de beneficiarias las Administraciones Públicas.

Para obtener la condición de beneficiaria, las entidades deberán ser titulares de derechos reales que permitan realizar la actividad objeto de la subvención y que permita acreditar la disponibilidad de los espacios destinados a refugios climáticos, incluyendo propietarias en pleno dominio, arrendatarias o aquellas que ostenten cualquier derecho de uso o concesión.

Tercero.- Dotación, cofinanciación y plazo de ejecución

La dotación máxima global de la convocatoria es de hasta 10.000.000,00 €, repartida en tres líneas de ayuda:

-La línea A) contará una dotación máxima de 2.000.000,00 €.En la línea A) el máximo de ayuda a solicitar por propuesta será de 50.000,00 €.

-La línea B) contará con una dotación máxima de 3.000.000,00 €.En la línea B) el máximo de ayuda a solicitar por propuesta será 300.000,00 €.

-La línea C) contará con una dotación máxima de 5.000.000,00 €.En la línea C) el máximo de ayuda a solicitar por propuesta será de 250.000,00 €.

El porcentaje máximo de subvención será del 80% para las tres líneas de ayuda.

El plazo de ejecución de las actuaciones comenzará tras la fecha de publicación de la resolución de la convocatoria y finalizará el 30 de septiembre de 2029, prórrogas incluidas, en el caso de las líneas de A) y B). Para la línea C) el plazo de ejecución se extenderá hasta el 30 de septiembre de 2030.

Cuarto.- Bases reguladoras.

Orden TED/818/2021, de 12 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de la investigación y actividades que contribuyan a la transición ecológica, a la conservación del patrimonio natural y a hacer frente al cambio climático.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de solicitudes comenzará desde el día siguiente a la fecha de publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, hasta el día 15 de octubre de 2026, en los términos y condiciones especificados en la Orden TED 818/2021, de 12 de julio.

Sexto.- Otros datos.

El texto completo de la convocatoria, así como el resto de la información relevante del proceso,estarán disponibles en la sede electrónica y en la página web de la Fundación Biodiversidad, https://fundacion-biodiversidad.es/.

Madrid, 27 de julio de 2026.- El Director de la Fundación Biodiversidad F.S.P., Félix Romero Cañizares.

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