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Extracto de la Resolución de 1 de junio de 2026 de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la creación de cómic correspondientes al año 2026

Дата публикации: 03-06-2026 22:00:00

Ministerio de Cultura - Publicado el 04/06/2026 - Referencia: BOE-B-2026-18666

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BDNS(Identif.):910235

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/910235)

Primero. Beneficiarios

Personas físicas, mayores de edad, de nacionalidad española o con residencia en España. Cada participante solo podrá concurrir con un proyecto.

Segundo. Objeto

Proyecto de creación literaria de obras originales en la modalidad de cómic, entendido como arte secuencial, con el fin de apoyar la vocación artística de todos los ciudadanos y el desarrollo pleno de sus capacidades,  obras en cualquiera de las lenguas oficiales de España, así como en aquellas con reconocimiento jurídico en los estatutos de autonomía. Las obras deberán tener una extensión mínima de 40 páginas.

Tercero. Bases reguladoras

Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones públicas del Ministerio de Cultura en régimen de concurrencia competitiva.

Cuarto. Plazo de presentación. Formalización de la solicitud

Cuarto 1. El plazo de formalización de solicitudes será de 15 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado.

Cuarto 2. Las solicitudes deberán dirigirse a la persona titular de la Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura.

Quinto. Importe

El importe de las subvenciones convocadas será, como máximo, de 1.000.000,00 euros.

Madrid, 1 de junio de 2026.- El Secretario de Estado de Cultura, P.D. apartado Cuarto 2.d) de la Orden CLT/1527/2025, de 23 de diciembre, La Directora General del Libro, del Cómic y de la Lectura, María José Gálvez Salvador.

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