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Cómo se cuentan los votos por correo el día de las elecciones en España

Дата публикации: 16-05-2026 09:41:00

Una vez que los colegios electorales cierran el día de las elecciones, cada mesa electoral cuenta los votos. Esto incluye tanto los que se hayan depositado ese día como los votos por correo. Los votos emitidos por correo son contados por el presidente de cada mesa electoral junto con los votos introducidos en la urna el día de las elecciones sin que puedan ser distinguidos unos de otros.
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¿Cuándo se entregan los votos por correo a las mesas electorales?Cuando se abren los locales electorales a las 9 de la mañana, Correos entrega los votos que custodia en las mesas electorales distribuidas en los locales electorales. Lo seguirá haciendo con todos los votos recibidos hasta las 8 de la tarde del día de la votación, tal y como indica la ley electoral (artículo 73.1).A las 8 de la tarde, cuando se cierran las mesas electorales, comienza el escrutinio con todos los votos, por lo que los votos por correspondencia no retrasan el recuento.¿Cómo se cuentan los votos emitidos por correo?Los votos por correo y los depositados ese día en la urna se cuentan juntos. El proceso consta de varios pasos. A las 8 de la tarde, el presidente o la presidenta de la mesa electoral anuncia en voz alta que va a terminar la votación.Una vez concluida la votación presencial, abre uno a uno los sobres de votación remitidos por correo, comprueba que el certificado de inscripción en el censo electoral es correcto e introduce los sobres con las papeletas en las urnas. El voto por correo consta de varios elementos:Sobre de envío a la mesa electoral: este sobre tiene un código de identificación único alfanumérico y en formato de código de barras. Para que el voto sea válido, este sobre debe contener el certificado de inscripción y los sobres de votación.El certificado de inscripción del censo electoral: en este documento aparecen todos los datos personales que te identifican como elector y la mesa electoral que te toca, así como un código de identificación. El presidente revisa que los datos que aparecen en el certificado coinciden con el censo que tiene la mesa electoral. Si no es así o no está incluido en el sobre, el sobre y todo su contenido debe ser destruido. No se contabiliza ni como voto válido, blanco ni nulo.Sobres y papeletas de votación de cada elección convocada: el formato de estos sobres y papeletas es idéntico al que se encuentra en los colegios electorales el día de la votación presencial y es el que se introduce en la urna.
Ejemplo del sobre y el certificado de inscripciónComo los sobres de votación por correo son idénticos a los que los votantes depositan el día de las elecciones en la urna, no se pueden distinguir ni tampoco se puede identificar el sentido del voto de los electores por correo.
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Quien solicita votar por correo no puede hacerlo de forma presencialDespués de introducir los votos de los electores por correo, vota el presidente o la presidenta de la mesa y el resto de miembros de la mesa, y no permite que vote nadie más. La persona que solicita el voto por correo no puede votar de manera presencial el día de las elecciones.La mesa electoral cuenta con una relación de los votantes por correo y los electores llamados a la urna el día de los comicios (aparece una letra “C” delante de los apellidos y el nombre en la lista del censo, o figura en una relación de electores de la Mesa que han solicitado el voto por correo, que figura como apéndice a la lista del censo), por lo que, si una persona quiere volver a votar presencialmente tras haberlo hecho por correo, no podrá hacerlo al aparecer en el censo. La mesa electoral contará los votos de uno en uno y anotará los resultados en las actas que emita ese día.Si quieres saber más sobre cuáles son los mecanismos de seguridad del voto por correo en España, puedes consultar en este artículo más detalles. Si quieres conocer más sobre el proceso de recuento de votos, puedes ampliar la información aquí.

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Una vez que los colegios electorales cierran el día de las elecciones, cada mesa electoral cuenta los votos. Esto incluye tanto los que se hayan depositado ese día como los votos por correo. Los votos emitidos por correo son contados por el presidente de cada mesa electoral junto con los votos introducidos en la urna el día de las elecciones sin que puedan ser distinguidos unos de otros.

¿Cuándo se entregan los votos por correo a las mesas electorales?

Cuando se abren los locales electorales a las 9 de la mañana, Correos entrega los votos que custodia en las mesas electorales distribuidas en los locales electorales. Lo seguirá haciendo con todos los votos recibidos hasta las 8 de la tarde del día de la votación, tal y como indica la ley electoral (artículo 73.1).

A las 8 de la tarde, cuando se cierran las mesas electorales, comienza el escrutinio con todos los votos, por lo que los votos por correspondencia no retrasan el recuento.

¿Cómo se cuentan los votos emitidos por correo?

Los votos por correo y los depositados ese día en la urna se cuentan juntos. El proceso consta de varios pasos. A las 8 de la tarde, el presidente o la presidenta de la mesa electoral anuncia en voz alta que va a terminar la votación.

Una vez concluida la votación presencial, abre uno a uno los sobres de votación remitidos por correo, comprueba que el certificado de inscripción en el censo electoral es correcto e introduce los sobres con las papeletas en las urnas. El voto por correo consta de varios elementos:

  1. Sobre de envío a la mesa electoral: este sobre tiene un código de identificación único alfanumérico y en formato de código de barras. Para que el voto sea válido, este sobre debe contener el certificado de inscripción y los sobres de votación.

  2. El certificado de inscripción del censo electoral: en este documento aparecen todos los datos personales que te identifican como elector y la mesa electoral que te toca, así como un código de identificación. El presidente revisa que los datos que aparecen en el certificado coinciden con el censo que tiene la mesa electoral. Si no es así o no está incluido en el sobre, el sobre y todo su contenido debe ser destruido. No se contabiliza ni como voto válido, blanco ni nulo.

  3. Sobres y papeletas de votación de cada elección convocada: el formato de estos sobres y papeletas es idéntico al que se encuentra en los colegios electorales el día de la votación presencial y es el que se introduce en la urna.

64883a6e9245064676dd99d075copia-de-plantilla-te-explica-3-png-webp.webpEjemplo del sobre y el certificado de inscripción

Como los sobres de votación por correo son idénticos a los que los votantes depositan el día de las elecciones en la urna, no se pueden distinguir ni tampoco se puede identificar el sentido del voto de los electores por correo.

Quien solicita votar por correo no puede hacerlo de forma presencial

Después de introducir los votos de los electores por correo, vota el presidente o la presidenta de la mesa y el resto de miembros de la mesa, y no permite que vote nadie más. La persona que solicita el voto por correo no puede votar de manera presencial el día de las elecciones.

La mesa electoral cuenta con una relación de los votantes por correo y los electores llamados a la urna el día de los comicios (aparece una letra “C” delante de los apellidos y el nombre en la lista del censo, o figura en una relación de electores de la Mesa que han solicitado el voto por correo, que figura como apéndice a la lista del censo), por lo que, si una persona quiere volver a votar presencialmente tras haberlo hecho por correo, no podrá hacerlo al aparecer en el censo. La mesa electoral contará los votos de uno en uno y anotará los resultados en las actas que emita ese día.

Si quieres saber más sobre cuáles son los mecanismos de seguridad del voto por correo en España, puedes consultar en este artículo más detalles. Si quieres conocer más sobre el proceso de recuento de votos, puedes ampliar la información aquí.

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