El Gobierno blinda de manera definitiva en los tribunales sus poderes especiales para impulsar la instalación de nuevas plantas renovables en sustitución de las centrales nucleares y de las centrales de carbón cuando echan el cierre. El Tribunal Supremo pone fin a un largo contencioso y avala la capacidad del Ejecutivo para imponer condiciones excepcionales, diferentes a la regulación general, en los concursos para repartir la conexión a la red eléctrica de plantas de energías verdes tras la clausura de centrales térmicas.Seguir leyendo....
El Gobierno blinda de manera definitiva en los tribunales sus poderes especiales para impulsar la instalación de nuevas plantas renovables en sustitución de las centrales nucleares y de las centrales de carbón cuando echan el cierre. El Tribunal Supremo pone fin a un largo contencioso y avala la capacidad del Ejecutivo para imponer condiciones excepcionales, diferentes a la regulación general, en los concursos para repartir la conexión a la red eléctrica de plantas de energías verdes tras la clausura de centrales térmicas.
El Ministerio para la Transición Ecológica puso en marcha un mecanismo de concursos públicos para entregar a nuevas plantas renovables la capacidad de acceso a la red eléctrica que queda libre tras el cierre de las centrales de carbón y de las nucleares. Se trata de una iniciativa que se enmarca en la estrategia general de transición justa, con la que se busca simultáneamente impulsar las energías verdes y evitar los efectos negativos económicos y sociales en las zonas en que se producen esas clausuras.
El Gobierno ha ido celebrando concursos abiertos para adjudicar los accesos a la red a nuevos proyectos renovables para aprovechar la liberación de capacidad por el cierre de viejas plantas de generación térmica y habrá otros en el futuro. El Ejecutivo fijó para estos concursos condiciones singulares, diferentes a la adjudicación normal de derechos de conexión a la red, que ha defendido en los tribunales durante años y que la Audiencia Nacional, primero, y el Tribunal Supremo, ahora, han acabado por respaldar.
En el foco, el primero de los concursosTransición Ecológica adjudicó en 2022 el primero de esos concursos, el de la capacidad que dejaba libre la central de carbón de Andorra (Teruel), que contemplaba el traspaso de 1.200 megavatios (MW) y que se adjudicó a Endesa con su ‘macroproyecto’ verde para la zona (Endesa también era la propietaria de la central térmica que allí había y que había cerrado). Posteriormente se han impulsado otros concursos para nudos liberados por los cierres de otras centrales de carbón y también el de la central nuclear de Garoña.
La compañía Abarca Seguros -ahora integrada en el grupo Azuaga- presentó un recurso para tumbar la orden ministerial en la que se establecían los criterios del concurso para la central de Teruel, por establecer condiciones especiales no sujetas a la ley de contratos públicos y por obligar a presentar una garantía económica millonaria al adjudicatario únicamente en forma de aval bancario (y no con otras fórmulas, como la del seguro de caución a los que se dedica la firma recurrente).
El Tribunal Supremo, en una sentencia del pasado junio, rechaza el recurso y sienta jurisprudencia para avalar que el Ministerio fije requisitos diferenciales por las especiales características de los concursos de nudos de la red eléctrica designados como de transición justa, y considera que la normativa habilita al Gobierno para establecer un régimen singular de adjudicación de la capacidad para enchufarse a la red.
“Tratamiento especial justificado”El Alto Tribunal fundamenta su respaldo en que la concesión del acceso a la red que hace el Ejecutivo no se trata de un contrato público (y por tanto puede tener condiciones excepcionales, y no las reguladas en la legislación general) y en que el aval bancario que impuso el Gobierno al adjudicatario como forma de garantía económica ofrecía suficientes ventajas en relación a otras fórmulas dados el importe millonario (221 millones en el caso del concurso del nudo de la central de Andorra) y las características particulares de la concesión frente al procedimiento general para el resto de la red eléctrica.
“Los nudos de transición justa son nudos de la red eléctrica, afectados por el cierre de centrales térmicas de carbón o nuclear -en el caso enjuiciado la Central Térmica de Teruel-, respecto de las que la disposición adicional vigésima segunda de la Ley del Sector Eléctrico permite establecer un régimen singular de adjudicación de la capacidad de acceso disponible, con el fin de favorecer proyectos renovables que contribuyan a la reactivación económica, social y ambiental del territorio afectado”, explican los magistrados en la sentencia. “Por tanto, estos nudos están vinculados al cierre de centrales térmicas de carbón o centrales nucleares, cuya capacidad de acceso puede reservarse o adjudicarse mediante procedimientos específicos para favorecer nuevos proyectos renovables con impacto positivo en la zona afectada”.
El Tribunal Supremo reconoce que las concesiones del derecho de conexión a estos nudos de transición justa implican procedimientos y requisitos que “constituyen una auténtica excepción al régimen general” y entiende que en las normativas vigentes se incluyen “razones que justifican este tratamiento singular y especial” vinculados a una estrategia de transición justa que “pretendía optimizar los impactos positivos de la transición ecológica -descarbonización- en la actividad y el empleo, así como minimizar los impactos negativos en los territorios donde estos se concentrarán a corto plazo”.
Suscríbete para seguir leyendo