La operaron de forma innecesaria y sin advertir de los riesgos un pequeño aneurisma, que terminó en una parálisis en medio cuerpo y daños cognitivos
23/03/2026 Actualizado a las 15:03h.
El Servicio Madrileño de Salud tendrá que pagar una indemnización de 821.000 euros a una mujer a la que una negligencia y un error médico condujeron a una situación de discapacidad del 91%, con gravísimas lesiones y tras la que necesita de la ayuda permanente de una tercera persona para poder realizar las acciones más indispensables del día a día.
La titular del tribunal de instancia número 51 de Madrid acogió las demandas de la víctima, representada por Álvaro Sardinero, de la asociación 'El Defensor del Paciente', tras considerar que fue operada innecesariamente de un pequeño aneurisma cerebral y que, además, el equipo médico que la atendió no consta que le pidiese autorización para realizar esta peligrosa intervención, ni que le informase de las alternativas de tratamiento que disponía, ni de los riesgos personales que corría si pasaba en ese momento por el quirófano. La aseguradora de la sanidad pública madrileña, en desacuerdo con el fallo, ha recurrido la sentencia.
La magistrada de primera instancia, en su declaración de hechos probados, indica que esta trágica cadena de errores médicos se inició el 31 de mayo de 2022, cuando la paciente, una mujer de 65 años, fue intervenida quirúrgicamente del aneurisma, de tres por cuatro milímetros, que se le había detectado de forma casual en el Hospital Universitario Puerta de Hierro de Majadahonda (Madrid).
Tras la operación, ingresó en la UCI, donde el 1 de junio comenzó un cuadro de parálisis en varias zonas del cuerpo que obligó a una segunda intervención. El resultado de las intervenciones fue un gravísimo cúmulo de discapacidades sobrevenidas, con parálisis del lado izquierdo de la cara y de la parte superior del cuerpo, afectación del habla y la comunicación (afasia), alteraciones cognitivas, cambios bruscos, intensos y habituales de humor y otras graves secuelas neurológicas.
La sentencia empieza por establecer la negligencia médica, porque «no existe prueba que acredite que a la paciente se le informó ni de las alternativas terapéuticas ni tampoco del riesgo que conllevaba la intervención». Lo segundo que indica es que, además y añadido, existe una 'mala praxis' médica por haber practicado una intervención quirúrgica que, según el criterio de los expertos, no solo era innecesaria sino en este caso estaba incluso contraindicada por los estudios médicos.
La peor opciónExplica que el informe del perito judicial detalla que se trataba de un aneurisma en la arteria cerebral «sin signos de complicación y no sintomático». Por ello, y sobre el tratamiento más lógico a acometer, el perito señala que la decisión de tratar un aneurisma incidental «debe considerar el riesgo de sangrado frente al riesgo del tratamiento» y añade que «aneurismas menores de diez milímetros en pacientes asintomáticos sin HSA previa (hemorragia) no requieren tratamiento inmediato, pero deben ser monitoreados».
Pasando al caso concreto de la paciente, el experto relata que presentaba un aneurisma de 3x4 milímetros en la bifurcación de la arteria cerebral media derecha, sin HSA previa, y subraya que los estudios científicos sostienen que el riesgo de rotura de aneurismas menores de siete milímetros en la bifurcación de la arteria cerebral media sin HSA previa es del 0% a los 5 años. La puntuación de riesgo para su caso indicaba que el manejo conservador era la mejor opción, con una diferencia de tres puntos a favor del manejo conservador.